jueves, 30 de junio de 2011

LA MUCHACHA

Amor en el cielo

Nació un 29 de abril de 1920, en una aldea. A los 11 años entró en casa de mis abuelos, donde trabajaba su madre, quien no teniendo donde dejarla se la llevó con ella. Y desde entonces ha vivido ahí.
Si tuviera que definirla con una palabra sería SERVIR, siempre, a todos, sin rechistar, fueran cuales fueran las circunstancias. Estuvo de niñera mientras mi padre y mis tíos eran niños, luego los acompañó cuidando de ellos mientras iban fuera a estudiar, siendo el "ama" de todos. Mi abuelo le daba absoluta carta blanca, en el dinero, en los horarios, en la comida, en todo. Siempre pensé que tenía una inteligencia natural, pues sin haber estudiado podías hablar con ella de cualquier cosa, y te asombrabas al verla leer de cabo a rabo el periódico, parándose más en los artículos de opinión, sobre los que opinaba muy acertadamente. Ayer en el tanatorio me enteré, de que cuando cuidaba como digo de todos mientras estudiaban primero el bachiller y luego sus carreras, ella, al terminar las faenas, no se ponía a oír seriales de la radio, como sería de esperar,sino que se dedicaba a leer los libros de estudio de ellos.
Era menuda , pero menuda era!!. Desde hace dos días la Muchacha ( tenía nombre, pero así la llamábamos todos) vive en el cielo - si alguien lo merece desde luego es ella-
Yo quisiera ser la basurera de la muchacha en el cielo... Gracias, querida Muchacha.

jueves, 16 de junio de 2011

ARTURO NECESITA AYUDA, ¡URGENTE!

He encontrado en uno de los blogs que sigo esta petición de ayuda. El blog " LA SONRISA DE ARTURO" es un ejemplo de fuerza y amor . Pásalo y colabora reenviando la carta, si lo crees oportuno. ¡GRACIAS!.


CARTA AL PRESIDENTE DE LA XUNTA DE GALICIA

D. Alberto Núñez Feijóo. Presidente de la Xunta de Galicia.
Cc: D. José Luis Mira. Director General de Innovación educativa.
Cc: D. Jesús Vázquez. Conselleiro de Educación.
Cc: D. Teresa Villaverde. Jefa Territorial de Educación provincia de A Coruña
Cc: D. José Antonio Gay. Jefe de la Inspección educativa de la provincia de A Coruña.
Cc: D. Manuel Rei. Asesor De Orientación educativa Consellería de Educación.


Apreciado Presidente,

Me da lástima tener que dirigirme a usted personalmente, porque considero que siendo el responsable del Gobierno de Galicia, tiene usted más cosas que hacer y más importantes que leer la carta de una madre de un niño de seis años.
Como tuve oportunidad de comentarle cuando compartimos unos minutos en el Parlamento de Galicia, después de la aprobación de la proposición no de ley de Educación Inclusiva promovida por el grupo parlamentario que usted preside, no estaba contenta con cómo iban las cosas con la Consellería de Educación. ¿lo recuerda? Usted me dijo ¡ah! La madre de Arturo, ¿entonces en Educación bien verdad?
Pues no. Más allá de discrepancias, artículos de la normativa y los derechos que nos amparan quiero trasladarle la angustia que sufrimos todos los días, las consecuencias que para mi salud y la de mi marido tiene esta situación, que por otra parte repercute de forma directa en Arturo. Sin duda, la calidad de vida de cualquier familia repercute de forma directa en sus hijos, en eso supongo que estará de acuerdo conmigo.
Arturo como ya sabe, tiene un trastorno del espectro autista, y está escolarizado en el CEIP Salgado Torres de A Coruña, colegio ordinario de escolarización preferente para niños con trastornos generalizados del desarrollo/autismo.
Arturo, después de múltiples problemas e incidencias, parece que es nuestro sino no poder vivir tranquilos, como cualquier familia, pasa a primero de educación primaria.

Le asignan una tutora excepcional y maestro especialista en pedagogía terapéutica fantástico. ¿sabe por qué?bien formado, y además con un filin estupendo con Arturo desde el minuto cero. Estos profesionales deben tener formación y además capacidad de empatizar y motivar a los niños, y esta persona lo tiene.

En diciembre se hace la adaptación curricular de Arturo, y mire usted, no tengo ningún interés ni en dar guerra ni en marear a nadie: pero esa adaptación no corresponde ni con las características personales de Arturo ni con su nivel de desarrollo. Pido ver entonces qué informes o qué pruebas se le han realizado al niño para hacer esa adaptación, lo pido por escrito, lo pido verbalmente, contestación: ninguna. Y lo pido por una razón: si son correctas estas apreciaciones entonces tenemos un problema muy grave, primero porque no es lo mismo que ven los profesionales que trabajan con Arturo fuera del colegio, ni es lo que vemos en casa, y segundo porque entonces estamos planificando de forma errónea la intervención psicoeducativa extraescolar de Arturo.
Decidimos entonces pedir una evaluación del desarrollo de Arturo a la Universidad de A Coruña, informe que pagamos su familia, para poder aportar una evaluación de profesionales independientes (ni siquiera nos dirigimos a la profesional que trabaja con Arturo habitualmente). Este informe ya ha sido aportado tanto a la Consellería como al colegio.
Hicimos alegaciones a la adaptación curricular de Arturo que tampoco se han contestado, para variar.
Para no mentir, señor Presidente, el Orientador del centro me dice en una reunión en mayo que no hay ningún informe o evaluación que argumente la adaptación curricular de Arturo, que se tomó como referencia un informe de marzo de 2010 que yo había solicitado, que no había más en el expediente.
Para resumir: A Arturo se le hace una adaptación curricular en diciembre de 2010, con un informe generalista (correspondiente a educación infantil) de marzo de 2010 redactado a petición de la familia, es decir de nosotros.
Mire usted, prefiero no leerme el decreto u orden que corresponda y no tomar conciencia de hasta qué punto es irregular que a un niño se le haga un dictamen de escolarización para pasar primaria sin un informe psicopedagógico actualizado, y la correspondiente adaptación curricular sin ningún tipo de informe en el que se evalúe su estadio de desarrollo y sus necesidades. Sencillamente hay cosas que ya no puedo soportar planteármelas.
Tampoco quiero plantearme si es correcto que un niño con autismo escolarizado en un colegio de escolarización preferente no tenga ningún tipo de seguimiento por parte del Orientador del colegio. Decirle que tengo que sacar estas conclusiones de conversaciones o comentarios, puesto que no se me facilita información académica de mi hijo, a pesar de ser su madre.
Ninguno de los documentos que he registrado solicitando esa información, solicitando la evaluación de los equipos específicos de audición y lenguaje, y trastornos generalizados del desarrollo, solicitando saber qué se está trabajando con Arturo, qué contenidos se le han propuesto, qué objetivos ha conseguido y qué contenidos están por conseguir, ninguno ha sido contestado.

¿sabe lo que me juego? Que mi hijo el día de mañana tenga una vida digna, que se desarrollen todas sus capacidades y todo su potencial. Lo único que pido es que se respeten sus Derechos Humanos. Su derecho a una educación inclusiva digna, en igualdad de oportunidades con sus compañeros ¿sabe porqué? Porque el día de mañana yo no puedo construir un mundo a la medida de Arturo: así de sencillo.
Hace unos días, me comenta el PT de Arturo que le han asignado plaza en otro centro escolar, pero que él quiere solicitar la permanencia en el colegio, para poder seguir trabajando con Arturo, siempre que a nosotros nos parezca bien. Nosotros encantados hicimos un escrito solicitándolo (escrito que ya está registrado) y aportamos además un informe de su psicóloga y un informe clínico de la Unidad de Salud Mental infantil firmado por su psiquiatra en el que se recoge la necesidad de que haya una continuidad en la intervención que se está haciendo con Arturo, por mejora de su pronóstico clínico, es decir: en beneficio directo de su salud.
Hoy recibo la información de que el PT no va a continuar el curso que viene, que no es posible su continuidad, así lo estima la inspectora del colegio. Nosotros, yo como madre de Arturo quiero preguntarle cómo puede favorecerse una atención educativa adecuada a un niño con autismo escolarizado en un colegio de escolarización preferente, cuando a pesar de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 320/1996 de 26 de julio, ni siquiera se le facilita la continuidad del maestro especialista responsable de su intervención educativa. Por otra parte, el curso pasado solicitamos que se le asignase personal con plaza fija en el colegio, al tener Arturo necesidades educativas permanentes, y ni se ha hecho ni se ha contestado la solicitud, ya ve usted que va todo en la misma línea.
Nosotros seguimos apostando a pesar de todo por la colaboración directa con los profesionales que trabajan en el aula con Arturo, seguiremos sufragando y elaborando materiales, aportando todo lo que nos soliciten, aunque sean cosas que exceden a nuestra faceta de padres, lo hacemos con el afán de colaborar y aportar en positivo y en beneficio de Arturo.
Lo que nunca entenderemos es que parece ser que es arrogarnos excesivos derechos querer saber qué se trabaja con nuestro hijo, qué dificultades tiene, qué objetivos se le han propuesto, cuales ha conseguido y cuales están por conseguir. Parece ser que no tenemos derecho ni a eso, tampoco a que pueda haber una coordinación efectiva con los profesionales que trabajan fuera del colegio, dada la falta de información, y al parecer Arturo tampoco tiene derecho a una continuidad en la intervención educativa, tal y como solicita su psiquiatra en beneficio de su salud. Comprenderá que la justicia para un niño de seis años siempre va a llegar tarde, y comprenderá también que opinemos que al menos, tenemos el derecho a no recibir la callada por respuesta. No pedimos nada que no le corresponda a Arturo por derecho, ni nada que no sea en su beneficio, solo pedimos un trato digno.

Esther Cuadrado, mamá de Arturo Piñeiro Cuadrado.

sábado, 4 de junio de 2011

ALUCINA MARIPILI

Así afectará a los blogs la Ley Mordaza que prepara Leire Pajín

SACADO DE AQUÍ

La Mesa del Congreso votará la Ley Mordaza de Leire Pajín el martes. Y eso sin haber consultado ni debatido esta ley con ninguno de los sectores afectados.

Ayer os comentaba que este viernes el gobierno aprobó el anteproyecto de la llamada “Ley de Igualdad de Trato”, que podría someter todos los ámbitos de la vida a los caprichos del gobierno. Cuando digo “todos” me refiero también a los blogs. La inclusión de las bitácoras en los ámbitos afectados por esta ley no es algo gratuito. El Art.1 de ese anteproyecto señala que dicha norma regulará los “derechos y obligaciones de las personas, físicas o jurídicas, públicas o privadas”. El Art.3 señala: “Esta Ley se aplicará en todos los ámbitos de la vida política, económica, cultural y social”. Y el Art.4, en un absurdo intento de ponerle puertas al campo, afirma que “queda prohibida toda conducta, acto, criterio o práctica” que atente contra los amplísimos e incluso contradictorios conceptos de discriminación que contempla dicha ley. Veamos algunos ejemplos:

  • Moderación de comentarios: te puede caer una considerable multa si tienes un blog con los comentarios moderados y basas tu política de moderación en cualquier criterio que pueda considerarse discriminatorio por “razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” (Art.2 de la ley). Por ejemplo: este blog podría ser multado porque las normas de participación indican que los idiomas del blog son el castellano y el gallego, y que cualquier comentario en otro idioma ha de ser traducido. Es un criterio de sentido común pero que incurre en la discriminación por razón de lengua según ese Art.2. Así pues, para cumplir la ley tendría que aceptar cualquier comentario en cualquier idioma, aunque no entendiese su contenido (con el consiguiente riesgo de admitir contenidos ilegales): el colmo del absurdo. Si no lo hago, según los Arts.43 y 44 de esa ley podría estar incurriendo en una infracción grave y podría caerme una multa de entre 10.001 y 60.000 euros (entre 1.644.000 y 9.983.000 pesetas, una auténtica burrada).
  • Si tienes un blog dedicado a Linux y en los comentarios tienes a un troll dando la matraca cada día diciendo que quiere hablar de Windows en los comentarios, no podrías banearle pues incurrirías en una discriminación por razón de opinión, según ese Art.2. De la misma forma, si tienes un blog de izquierdas no podrás borrar un comentario por defender ideas opuestas, y viceversa. De lo contrario, podrían acusarte de una infracción grave con una sanción de entre 10.001 y 60.000 euros. Gusten más o menos esas políticas de moderación, es un derecho del propietario de un blog establecer los criterios de moderación que desee. Ese derecho desaparecerá con la Ley Pajín, al aplicarse al ámbito privado criterios de no discriminación que hasta ahora y por sentido común sólo eran aplicables al ámbito de las administraciones públicas. Esto es violar nuestras libertades en nombre de la llamada “igualdad de trato”, un concepto que nada tiene que ver con la verdadera igualdad de toda democracia, que es la igualdad ante la ley.
  • Si en tu blog no discriminas a nadie por razón de lengua u opinión, también podrías vulnerar la ley, pues su Art.5 proclama un nuevo concepto: la “discriminación indirecta”, que según la ley “se produce cuando una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ocasiona o puede ocasionar a una o varias personas una desventaja particular con respecto a otras”. Esto entra en contradicción con el concepto de discriminación directa que establece la propia ley, revelando el enorme tamaño del disparate jurídico que está promoviendo Leire Pajín. Y es que lo que esto quiere decir es que tendrás que discriminar para no discriminar: a modo de ejemplo, como en este blog la mayoría de comentarios se publican en castellano, se me podría multar porque las normas de moderación del blog no incluyen criterios para obligar al uso de idiomas minoritarios como el gallego, el vascuence o el catalán en un determinado número de comentarios, por ejemplo. Nuevamente, estaría incurriendo en una infracción grave con una sanción de entre 10.001 y 60.000 euros
  • Para colmo de esperpento, si por ejemplo impidieses comentar en tu blog a alguien que te haya denunciado al amparo de esta ley podrías estar incurriendo en lo que el Art.10 de dicha ley define como represalia: “cualquier trato adverso o consecuencia negativa que pueda sufrir una persona por intervenir, participar o colaborar en un procedimiento administrativo o proceso judicial destinado a impedir o hacer cesar una situación discriminatoria”. Nuevamente podrían acusarte de una infracción grave con otra sanción más de entre 10.001 y 60.000 euros.

Una ‘ley comodín’ para tener la llave de la libertad de cualquiera

Como podéis observar, esta ley considera discriminación casi cualquier decisión que podamos tomar en nuestros blogs, o en cualquier ámbito de nuestra vida social. No es algo hecho por capricho, de forma accidental o fruto de la casualidad. Antes bien, estamos ante una “ley comodín” con la que el poder político podrá perseguir y castigar a cualquier ciudadano cuando le dé la gana, por casi cualquier causa: una eficaz herramienta legal para reprimir al discrepante, sobre todo teniendo en cuenta lo que vamos a ver a continuación.

Aplicará la ley un ‘inquisidor’ designado por el gobierno

Hay que tener en cuenta que el Art.37 crea la llamada “Autoridad para la Igualdad de Trato y la No Discriminación”, definiéndola cínicamente como una “autoridad independiente” que se encargará de aplicar esta ley. La curiosa “independencia” de esa autoridad queda en evidencia en el punto 4 del Art.38: “El nombramiento de la persona titular de la Autoridad para la Igualdad de Trato y la No Discriminación corresponderá al Gobierno mediante Real Decreto”. Al parlamento se le reserva un papel de mero florero en este nombramiento. ¿Cómo puede considerarse independiente un cargo así?

El acusado deberá probar su inocencia, como en la Inquisición

Para colmo, como señala el Art.28 de la ley y como comenté aquí en enero, el acusado de discriminación deberá probar su inocencia, lo cual viola el derecho a la presunción de inocencia que ampara el Art.24 de la Constitución Española. Esta inversión de la carga de la prueba supone una vuelta a los métodos de la Inquisición, cuando existía la llamada “prueba diabólica”, que dejaba a acusado en una total indefensión. Si tenemos en cuenta que, además, esto será competencia de un “inquisidor” designado por el gobierno, podemos hacernos una clara idea de para qué quiere aprobar el gobierno con tanta prisa una ley tan radicalmente antidemocrática como ésta.

Podrán censurar tu blog para proteger a la víctima de “discriminación”

Pero aún hay más: la disposición adicional primera de la ley modifica la LSSI, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información, aprobada en 2002 durante el mandato de Aznar. En concreto se modifica el Artículo 11 de esa ley, relativo al “Deber de colaboración de los prestadores de servicios de intermediación”. La modificación consiste en añadir un segundo párrafo en el que se establece que los tribunales podrán ordenar “medidas de restricción o interrupción de la prestación de servicios o de retirada de datos de páginas de Internet que contempla la presente ley” con el fin de “proteger los derechos de la víctima”. O dicho sea de otra forma: podrán bloquear el acceso a tu web o censurar parte de sus contenidos para dar satisfacción a la víctima de una “discriminación”.

Una ley mucho peor que la Ley Sinde para la libertad de expresión

Viendo los innumerables y hasta contradictorios conceptos de discriminación que establece este anteproyecto, la ya de por sí cercenada libertad en la red va a sufrir un recorte enorme con esta nueva ley. Para seros sincero, no entiendo que toda la movilización que hubo en su momento contra la LSSI y más recientemente contra la Ley Sinde no se esté produciendo ahora contra la Ley Pajín. Estamos ante una ley mucho peor que la Ley Sinde en lo que respecta a la libertad de los internautas. Al fin y al cabo, se trata de una ley que reinstaura los delitos de opinión, y para colmo encomienda su persecución a un cargo político designado a dedo por el gobierno, violando el derecho a la presunción de inocencia de todo acusado. Ni la Ley Sinde había llegado tan lejos en la agresión a nuestras libertades.